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La jubilación a los 67 años: aprobado el proyecto de ley

El Gobierno aprobó el viernes 25 de marzo la reforma de las pensiones consistente en atrasar la jubilación hasta los 67 años. El cambio, según informan, será paulatino y, aunque la reforma entrará en vigor en 2013, no se hará totalmente efectiva hasta 2027. También han comunicado que, a parte de la jubilación a los 67 años, existirán condiciones que pueden permitir que, cumpliendo ciertos requisitos,  alguien se jubile a los 63 e incluso, a los 61 años.

Además, para poder acceder a la cuantía máxima de la pensión, se deberán haber cotizado 37 años frente a los 35 actuales.

Para el cálculo de la misma, se tendrán en cuenta los últimos 25 años cotizados y no los 15 que se utilizan hoy en día.

Otra variación es que, con la reforma, tanto hombres como mujeres cotizarán durante los 9 meses que se dejen de trabajar por cuidar a un hijo. 

 Una vez en el Congreso de los Diputados, el proyecto de ley podrá cambiarse a través de enmiendas.

El responsable de Seguridad Social de Comisiones Obreras, Carlos Bravo, cree es una forma de  garantizar la viabilidad del sistema de pensiones a medio y largo plazo para quienes ahora son jóvenes ya que, ahora, la gente vive más tiempo, y cada vez existen más personas que se encuentran simultáneamente en edad de  jubilación.

¿Pueden despedirte por llevar droga al trabajo?

Según el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. el hecho de llevar droga al puesto de trabajo NO es lo suficientemente grave como para ser despedido. Lo sería en caso de consumirla ahí.

Éste caso concreto es el de un trabajador de un club nocturno, que tras ser detenido por la Guarcia Civil por un delito contra la salud pública derivado de la tenencia de cocaina y una gran cantidad de dinero, fue despedido. El Juzgado de Instancia, calificó éste despido como improcedente después de un recurso del trabajador.

Después de que la empresa pidiera que se reconsiderara la procedencia del despido, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña considera que como en los casos en que una persona ebria no es despedida si su embriaguez no ha provocado un descenso del rendimiento, en éste caso debía aplicarse la misma norma. En éste caso, quedó provado que la tenencia de drogas no habia interferido en aspectos como la puntualidad, disciplina o rendimiento del trabajador.

El club nocturno ha sido condenado a readmitir al trabajador o bien indemnizarlo y a pagar los costes procesales del trámite del recurso, así como los honorarios del abogado del demandante.

SEAT repartirá 700 contratos indefinidos entre 1200 desempleados

Para la producción del nuevo Audi Q3, se necesitarán aproximadamente 700 trabajadores, que serán elegidos entre los 1200 que asistan a una formación en los talleres de la misma marca situados en la Zona Franca de Barcelona y en Martorell.

Desde hoy mismo es posible inscribirse como candidato desde las oficinas del Servicio de Ocupación de Cataluña, que mediante el programa “Forma y Contrata”, se ha comprometido a pagar el 100% de los costes de la formación de los solicitantes siempre y cuando al menos un 60% de los que superen el curso sean contratados. 

La duración de éstos cursos es de 176 horas repartidas en 2 meses, y el perfil a tener en cuenta para las vacantes será de personas inscritas como demandantes de empleo, con un ciclo formativo de Grado Medio o Superior de especialidades industriales o alguna formación equivalente.

Entre los trabajadores que “aprueben”, los seleccionados se incorporarán en la empresa a partir del inicio de la primavera de forma paulatina. Los demandantes de empleo formados por SEAT que no hayan sido elegidos para este puesto de trabajo, podrán entrar en la empresa más adelante, cuando las necesidades productivas así lo requieran. 

A parte de éstos 700 contratos, SEAT ya planea otros 200 para diferentes áreas que quiere hacer efectivos antes de finalizar el año en curso.

Por último, cabe destacar, que el conseller de la Generalitat también se compromete a que ésta adquiera Áudi Q3 para su flota de vehículos.

Ver porno en el portátil de la empresa no es motivo de despido

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró improcedente el despido de un trabajador que puso en peligro la seguridad informática de la empresa después de visitar webs de contenido pornográfico desde el ordenador de la empresa.

Se descubrieron las páginas visitadas por el trabajador después de que éste llevara el portátil al informático de la empresa por el aviso de un virus que lo había infectado (presumiblemente por el contenido visitado en internet..) y éste buscara la fuente de propagación del malware.

La empresa demandada poseía un documento en el cual se prohibía el uso de ordenadores y teléfonos móviles con fines particulares, limitando así su uso, únicamente al ámbito profesional.

En la carta de despido se señaló que la forma de actuar del trabajador, constituye “una falta muy grave de desobediencia a los superiores y de fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas”. La sentencia de instancia declaró el despido procedente, aunque el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no opinó lo mismo y concluye que “no resulta en absoluto el perjuicio notorio para la compañía, que se alega en la carta de despido para justificar la decisión empresarial”.

Pequeña empresa gana juicio a la SGAE

La Audiencia de Barcelona ha eximido a la pequeña empresa “Padawan” de Barcelona del pago del canon digital referente al periodo entre los años 2002 y 2004. El motivo de ésta absolución ha sido no poder determinar qué soportes fueron vendidos a empresas y cuáles a particulares.

En un inicio, la cantidad que se solicitó pagar a la tienda fue de 48.000 euros, aunque posteriormente se redujo a 18.000. 

La propietaria de ésta empresa denunció el canon digital hasta llegar al Tribunal Europeo de Justica, que dictaminó (después de casi 7 años de pleitos) que el cobro de éste canon a las empresas, es ilegal. 

Para poder recaudar el más que conocido canon ”si bien no es necesario acreditar el uso efectivo de la copia afectada en el soporte afectado por el canon, sí que debe ser verosímil que adquirirá ese destino”, afirma la sentencia.

Por eso, el juez ,tras comprobar que “muchos de los clientes” de Padawan eran sociedades  considera que “se pretendió aplicar (el canon digital) indiscriminadamente, incluso a supuestos casos en que claramente no iban a ser destinados a copia privada”, ya que únicamente existe gravamen cuando el destinatario del soporte digital es un particular.

Esta sentencia podría servir como precedente para futuros casos similares, y palabras textuales del abogado defensor: “la sentencia abre la vía de la reclamación por parte de empresas del cobro realizado hasta ahora del canon digital. El Gobierno deberá establecer las medidas de retorno o, en su caso, serán los jueces“.

Los autónomos tendrán hasta el 30 de junio para decidir si optan al paro

El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha aumentado el plazo para los autónomos que quieran acogerse a la cotización por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que desde el mes de noviembre del pasado año, también permite optar a la prestación por desempleo (en caso de quedar demostrada la necesidad de cerrar el negocio).

La fecha límite para optar para estas prestaciones, finalmente será el 30 de junio. Mediante el incremento voluntario de sus cotizaciones, los autónomos tendrán derecho a cobrar el paro durante un máximo de 12 meses. Esta cotización no siempre es voluntaria, tanto para los Trabajadores Autónomos Dependientes Económicamente, conocidos como TRADE, como para los autónomos que llevan a cabo actividades de riesgo, es obligatoria.

El período mínimo de cotización que se exige para tener derecho a la prestación es de 1 año, por el que se percibirían 2 meses de paro, y para cobrar durante un año se deberá haber cotizado, como mínimo, durante 48 meses.

Los autónomos que ya tengan cubiertos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, podrán optar por el desempleo aumentando la cuota un 1,7% de forma automática.

El IPC sube 3 décimas desde enero

La tasa interanual del IPC se situa ya en el 3,6%, 3 décimas más que la registrada en enero. Este aumento del IPC se debe, sobretodo, al aumento de precios de los carburantes, tal y como ha informado esta mañana el Instituto Nacional de Estadística (INE).

El Ministerio de Economía, achaca 1 de las 3 décimas de éste repunte, a la subida de precios de los carburantes y combustibles, otra al aumento de precios en sectores de ocio, tales como restaurantes, por el aumento de precio de productos alimenticios y bebidas no alcohólicas,y por último al  aumento de las tarifas de algunos servicios como los seguros.  Mediante la misma fuente, INE,  hemos podido conocer, que la tasa de inflación es la mayor desde octubre de 2008.

Entre los grupos que más han bajado, encontraríamos el vestido y el calzado, que han caído un 1,6%. Los precios han subido en todo el país, sobretodo en Asturias y Baleares, y únicamente no lo han hecho  en Cantabria, donde bajaron un 0,1%.